27 octubre 2010

LAS SELECCIONES AUTONÓMICAS NO PODRÁN PARTICIPAR EN COMPETICIONES INTERNACIONALES.


El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que ‘para la participación en competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal o internacional, las federaciones deportivas de ámbito autonómico, deberán integrarse en las federaciones deportivas españolas correspondientes’. Según ha publicado este sábado El Mundo, el Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por el anterior Gobierno autonómico vasco y por distintas federaciones deportivas vascas contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de rechazar en diciembre de 2008 la pretensión de participar en competiciones deportivas internacionales bajo pabellón vasco. Una modificación del Estatuto de la Federación Vasca de Juegos y Deportes Vascos, introducida en primavera de 2007, establecía en su artículo 5 -ahora anulado por el TS- que ‘la federación ostenta la representación del deporte federado vasco correspondiente a sus modalidades deportivas en el ámbito estatal e internacional‘. La Abogacía del Estado recurrió el texto argumentando que la representación internacional es una competencia exclusiva del Estado, y así lo ha corroborado el Tribunal Supremo este mes de junio, confirmando la sentencia del TSJPV. Esta sentencia del Tribunal Supremo podría haber creado la jurisprudencia necesaria para interpretar el artículo 200 del Estatuto de Autonomía de Cataluña -que no ha sido declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional en su reciente sentencia sobre el Estatuto-, que señala que ‘la Generalidad debe promover laproyección internacional de las organizaciones sociales, culturales y deportivas de Cataluña y, si procede, su afilicación a las entidades afines de ámbito internacional, en el marco del cumplimiento de sus objetivos’. LA VOZ DE BARCELONA

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